Test 26 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Actualizada a 4 de noviembre de 2017)
La máxima puntuación de este test son 10 puntos
Por cada pregunta fallada se le resta un 0.25 a la nota final
Cada pregunta acertada equivale a 1 punto
Cada pregunta no contestada equivale a 0 puntos
1. Según el artículo 222.3 de la presente Ley. En las sentencias sobre estado civil, matrimonio, filiación, paternidad, maternidad e incapacitación y reintegración de la capacidad la cosa juzgada tendrá efectos frente a todos a partir de su inscripción o anotación:
2. Continuando con el enunciado anterior. Las sentencias que se dicten sobre impugnación de acuerdos societarios afectarán:
3. Según el artículo 225 (Nulidad de pleno derecho). Los actos procesales serán nulos de pleno derecho en los casos siguientes: (Señala la respuesta incorrecta)
4. Según el artículo 226.1 (Modo de proceder en caso de intimidación o violencia). Los tribunales cuya actuación se hubiere producido con intimidación o violencia, tan luego como se vean libres de ella, declararán nulo todo lo practicado y promoverán la formación de causa contra los culpables, poniendo los hechos en conocimiento:
5. Según el artículo 228.1 (Incidente excepcional de nulidad de actuaciones). No se admitirán con carácter general incidentes de nulidad de actuaciones. Sin embargo, excepcionalmente, quienes sean parte legítima o hubieran debido serlo podrán pedir por escrito que se declare la nulidad de actuaciones fundada en cualquier vulneración de un derecho fundamental de los referidos en el:
6. Según el artículo 230 de la presente Ley. La nulidad de un acto:
7. Según el artículo 231 (Subsanación). ¿Quién o quiénes cuidarán de que puedan ser subsanados los defectos en que incurran los actos procesales de las partes?
8. Según el artículo 234.1 (Citación a comparecencia de las partes. Efectos de su inasistencia). Acordado por el Tribunal mediante providencia o, en su caso, por el Secretario judicial mediante diligencia, el inicio del procedimiento de reconstrucción de las actuaciones, el Secretario judicial mandará citar a las partes, a una comparecencia ante sí mismo, que habrá de celebrarse dentro del plazo máximo:
9. Continuando con el enunciado anterior. La inasistencia de alguna de las partes:
10. Según el artículo 235.4 (Inicio de la comparecencia. Inexistencia de controversia. Prueba y decisión). Cuando entre las partes existiere desacuerdo total o parcial, el Secretario judicial convocará a las partes y al Ministerio Fiscal a vista ante el Tribunal, que habrá de celebrarse en los diez días siguientes y en la que se propondrá la prueba que sea precisa, que se practicará en el mismo acto, o si ello no fuera posible, en el plazo de:
Preguntas acertadas: | |
---|---|
Preguntas falladas: | |
Preguntas no contestadas: | |
NOTA: |
No hay comentarios:
Publicar un comentario