Simulacro de Examen 8 - Conserje - Ordenanza 2021
La máxima puntuación de este test son 20 puntos
Por cada pregunta fallada se le va restando 0.25 puntos a la nota final
Cada pregunta acertada equivale a 1 punto
Cada pregunta no contestada equivale a 0 puntos
1 - Según el artículo 78.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015. Las Administraciones Públicas proveerán los puestos de trabajo mediante procedimientos basados en los principios de:
2 - El material aislante más extendido en la actualidad en las instalaciones domésticas, es:
3 - ¿Cuándo se publicó en el BOE la Constitución?
4 - Si la norma reguladora del procedimiento no fija el plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa, éste será, de acuerdo con la Ley 39/2015, de:
5 - ¿Cuál es el peso máximo de un envío normalizado?:
6 - En el padrón no debe constar respecto de un vecino:
7 - En cuanto a las normas de evacuación:
8 - En el papel, ¿A qué hace referencia la norma DIN?
9 - Si una persona se dirige al Subalterno para entregarle un sobre dirigido al nombre de un Jefe de Sección, éste:
10 - El voto de los Concejales es personal e indelegable:
11 - Para un correcto levantamiento de cargas, cuál/es de las siguientes es la correcta:
12 - Para limpiar y desengrasar una superficie de hierro, se utiliza:
13 - Durante el uso de extintores se dirigirá el chorro de agente extintor:
14 - Si el Jefe de Servicio le ordena hacer una fotocopia de un DIN A4 en un B4:
15 - De acuerdo con la Constitución, señale quién es competente para poder aprobar cualquier alteración de los límites provinciales:
16 - Todos los trabajos de mantenimiento en las instalaciones eléctricas se efectuarán:
17 - El artículo 1 de la Constitución española dispone:
18 - Según el art. 54 de la ley 39/2015 los procedimientos podrán iniciarse:
19 - Las asociaciones secretas, según el artículo 22 de la Constitución:
20 - Si el conserje atiende una llamada directamente, deberá:
Preguntas acertadas: |
|
---|---|
Preguntas falladas: |
|
Preguntas no contestadas: |
|
NOTA: |
|
No hay comentarios:
Publicar un comentario