1 - Las competencias municipales que no estén expresamente atribuidas a un órgano del Ayuntamiento:
Corresponden siempre al Pleno.
Corresponden siempre al Alcalde.
Corresponden siempre a la Junta de Gobierno Local.
2 - Los puestos de trabajo en la Administración local y sus Organismos Autónomos serán desempeñados con carácter general:
Por personal contratado en régimen de derecho laboral.
Por personal funcionario.
Por personal funcionario o por personal contratado en régimen de derecho laboral.
3 - Los sistemas selectivos de personal laboral fijo, de acuerdo con el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público son:
La oposición y el concurso-oposición.
La oposición y el concurso de valoración de méritos.
La oposición, el concurso-oposición o el concurso de valoración de méritos.
4 - Los empleados públicos se clasifican en:
Funcionarios de carrera, funcionarios interinos, personal laboral, fijo, por tiempo indefinido o temporal y personal eventual.
Funcionarios de carrera y personal laboral fijo.
Funcionarios de carrera, funcionarios interinos, personal laboral fijo y personal eventual.
5 - Son funcionarios de carrera quienes:
En virtud de nombramiento legal, están vinculados a una Administración Pública por una relación estatutaria regulada por el Derecho Laboral para el desempeño de servicios profesionales retribuidos de carácter permanente.
En virtud de nombramiento legal, están vinculados a una Administración Pública por una relación estatutaria regulada por el Derecho Administrativo para el desempeño de servicios profesionales retribuidos.
En virtud de nombramiento legal, están vinculados a una Administración Pública por una relación estatutaria regulada por el Derecho Administrativo para el desempeño de servicios profesionales retribuidos de carácter permanente.
6 - El nombramiento del personal eventual corresponde:
Al Pleno.
Al Concejal de Personal.
Al Alcalde.
7 - En un municipio de 9.500 habitantes, los miembros que podrán prestar sus servicios en régimen de dedicación exclusiva no excederá:
Uno.
Dos.
Tres.
8 - Los datos del padrón municipal:
Se cederán a otras Administraciones públicas que lo soliciten.
Se cederán a otras Administraciones públicas que lo soliciten sin consentimiento previo al afectado solamente cuando les sean necesarios para el ejercicio de sus respectivas competencias, y exclusivamente para asuntos en los que la residencia o el domicilio sean datos relevantes.
Se cederán a otras Administraciones públicas para el ejercicio de sus competencias atribuidas por Ley.
9 - El Reglamento Orgánico Municipal regula la organización y funcionamiento de un Ayuntamiento y será obligatorio en los siguientes Municipios de la Comunidad Valenciana: