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Modelo B parte 3 Administrativos/as (Prom. Interna Independiente) Ayuntamiento de Madrid 2020

Modelo B parte 3 Administrativos/as (Prom. Interna Independiente) Ayuntamiento de Madrid 2020

La máxima puntuación de este test son 10 puntos

Por cada pregunta fallada se le va restando 0.33 puntos a la nota final

Cada pregunta acertada equivale a 1 punto

Cada pregunta no contestada equivale a 0 puntos



1 - A tenor de lo dispuesto en el artículo 39 del Reglamento Orgánico de los Distritos de la Ciudad de Madrid, ¿cuál de estas afirmaciones respecto al Registro de intereses de los vocales vecinos es correcta?
a) Todos los vocales vecinos formularán declaración sobre causas de posible incompatibilidad y sobre cualquier actividad que les proporcione o les pueda proporcionar ingresos económicos. Formularán asimismo declaración de sus bienes patrimoniales, y los de sus familiares en primer grado de consanguinidad.
b) Las declaraciones se llevarán a cabo antes de la toma de posesión, con ocasión del cese y cuando varíen las circunstancias de hecho; en este caso en el plazo de dos meses desde que se produzcan las variaciones.
c) Las declaraciones se efectuarán en los modelos elaborados por la Secretaría General de la Corporación y aprobados por el Pleno del Ayuntamiento, cuyo uso será obligatorio para normalizar la documentación.



2 - Conforme a lo previsto en el artículo 9 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y Régimen Especial de Madrid, para que el debate y votación de un asunto en el Pleno del Ayuntamiento de Madrid sea secreto, ¿qué requisito se exige?
a) Que afecte al honor, a la intimidad personal y familiar o a la propia imagen.
b) Que afecte al honor, a la intimidad personal y familiar o a la propia imagen, cuando así se acuerde por mayoría simple.
c) Que afecte al honor, a la intimidad personal y familiar o a la propia imagen, cuando así se acuerde por mayoría absoluta.



3 - De Acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.3 d) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y Régimen Especial de Madrid, el nombramiento de los miembros de la Junta de Gobierno, Tenientes de Alcalde y Presidentes de Distrito corresponde:
a) Al Pleno.
b) A la Junta de Gobierno en funciones.
c) Al Alcalde.



4 - Conforme a lo previsto en el artículo 16 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y Régimen Especial de Madrid, ¿ante quién y cómo responde políticamente de su gestión la Junta de Gobierno?
a) Ante el Pleno de forma solidaria, sin perjuicio de la responsabilidad directa de cada uno de sus miembros por su gestión.
b) Ante el Pleno de forma mancomunada, sin perjuicio de la responsabilidad directa de cada uno de sus miembros por su gestión.
c) Ante el Alcalde, de forma mancomunada, sin perjuicio de la responsabilidad directa de cada uno de sus miembros por su gestión.



5 - ¿A quién corresponde el nombramiento y separación del titular de la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Madrid?
a) Al Pleno.
b) A la Junta de Gobierno.
c) Al Alcalde.



6 - Es un órgano directivo en el ámbito de la Administración del Ayuntamiento de Madrid:
a) La Intervención General.
b) La Junta de Gobierno.
c) La Comisión de Gobierno.



7 - El Tribunal Económico Administrativo Municipal de Madrid, conforme a lo previsto en la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, estará constituido:
a) Por un número impar de miembros con un máximo de tres, designados por el Pleno.
b) Por un número par de miembros con un máximo de seis, designados por el Pleno.
c) Por un número impar de miembros con un mínimo de tres, designados por el Pleno.



8 - Conforme a lo previsto en el artículo 2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, son contratos del sector público y, en consecuencia, están sometidos a dicha Ley, en la forma y términos previstos en la misma, los contratos onerosos, cualquiera que sea su naturaleza jurídica, que celebren las entidades enumeradas en el artículo 3 de la citada Ley. Se entenderá que un contrato tiene carácter oneroso:
a) En los casos en que el contratista obtenga algún tipo de beneficio económico de forma directa.
b) En los casos en que el contratista obtenga algún tipo de beneficio económico de forma directa, o indirecta, siempre que conste expresamente en el contrato.
c) En los casos en que el contratista obtenga algún tipo de beneficio económico, ya sea de forma directa o indirecta.



9 - De conformidad con lo dispuesto en el artículo 104 de la Ordenanza Fiscal General de Gestión, Recaudación e Inspección del Ayuntamiento de Madrid, las actuaciones de la Inspección de los Tributos se documentarán:
a) En comunicaciones, reclamaciones, liquidaciones y actas.
b) En comunicaciones, diligencias, informes y actas.
c) En comunicaciones, diligencias, apremios y actas.



10 - Se consideran poderes adjudicadores, de conformidad con el artículo 3.3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014:
a) Las Administraciones Públicas, las fundaciones públicas, las Mutuas colaboradoras con la Seguridad Social, así como todas las demás entidades con personalidad jurídica propia distintas de las anteriores que hayan sido creadas específicamente para satisfacer necesidades de interés general o particular, que tengan carácter industrial o mercantil, y las asociaciones constituidas por las entidades mencionadas anteriormente.
b) Las Administraciones Públicas, las fundaciones públicas, las Mutuas colaboradoras con la Seguridad Social, así como, todas las demás entidades con personalidad jurídica propia distintas de las anteriores que hayan sido creadas específicamente para satisfacer necesidades de interés general o particular, que tengan carácter industrial o mercantil, siempre que uno o varios sujetos que deban considerarse poder adjudicador, bien financien minoritariamente su actividad, bien controlen su gestión; o nombren a la mitad de los miembros de su órgano de administración, dirección o vigilancia, y las asociaciones constituidas por las entidades mencionadas anteriormente.
c) Las Administraciones Públicas, las fundaciones públicas, las Mutuas colaboradoras con la Seguridad Social, así como, todas las demás entidades con personalidad jurídica propia distintas de las anteriores que hayan sido creadas específicamente para satisfacer necesidades de interés general que no tengan carácter industrial o mercantil, siempre que uno o varios sujetos que deban considerarse poder adjudicador, bien financien mayoritariamente su actividad; bien controlen su gestión; o bien nombren a más de la mitad de los miembros de su órgano de administración, dirección o vigilancia, y las asociaciones constituidas por las entidades mencionadas anteriormente.





Preguntas acertadas:

Preguntas falladas:

Preguntas no contestadas:

NOTA:

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