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1 - Si se denegara la solicitud de asistencia, deberá darse trámite de audiencia a la entidad local solicitante por un plazo de: (Art. 17 del Reglamento Regulador del Servicio de Asistencia a las Entidades Locales de la Diputación Provincial de Cádiz):
a) Diez días.
b) Quince días hábiles.
c) Un mes.
d) Entre veinte y treinta días naturales.
2 - Si se trata de una solicitud de asistencia de carácter potestativo o concertado para la que se requiera convenio, la no resolución en plazode la misma da lugar a que se considere: (art. 15 del Reglamento Regulador del Servicio de Asistencia a las Entidades Locales de la Diputación Provincial de Cádiz):
a) Aceptada.
b) Rechazada.
c) Aceptada, pero quedaría pendiente la firma del convenio.
d) No puede no resolverse una solicitud de asistencia.
3 - Una vez firmado el convenio de colaboración para la prestación de una asistencia por parte de la Diputación: (art. 21 del Reglamento Regulador del Servicio de Asistencia a las Entidades Locales de la Diputación Provincial de Cádiz):
a) No podrá ser revocada en ningún caso.
b) Podrá ser revocada sin necesidad de tramitar expediente administrativo.
c) Podrá ser revocada previa tramitación de expediente iniciada de oficio por la Diputación o a solicitud de la entidad local.
d) Podrá ser revocada por incumplimiento por parte de la entidad local asistida.
4 - En el procedimiento de revocación de la asistencia (art. 21 del Reglamento Regulador del Servicio de Asistencia a las Entidades Locales de la Diputación Provincial de Cádiz):
a) La entidad local tiene trámite de audiencia por plazo no inferior a diez días ni superior a quince.
b) No se dará trámite de audiencia a la entidad local interesada.
c) Interviene el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía.
d) Se resolverá por el Pleno de la Diputación.
5 - El convenio de colaboración de la asistencia concertada según el art. 7 del Reglamento Regulador del Servicio de Asistencia a las Entidades Locales de la Diputación Provincial de Cádiz:
a) Señalará los medios necesarios para la asistencia pero no debe manifestarse sobre la financiación.
b) Todas las asistencias sin excepción se financian con recursos ordinarios de la Diputación Provincial de Cádiz.
c) En cuanto a la financiación se estará a lo que disponga el oportuno convenio.
d) En las asistencias en ningún caso puede haber aportaciones finalistas de otras entidades.
6 - Con el objeto de coordinar los servicios municipales entre sí para la garantía de la prestación integral y adecuada en la totalidad del territorio provincial de los servicios de competencia municipal, debe aprobarse por la Diputación Provincial: (art. 36 Ley 7/1985):
a) Plan Integral de Desarrollo Municipal.
b) Plan Provincial de Cooperación a las obras y servicios de competencia municipal.
c) Plan Coordinado de Intervención Provincial.
d) Plan de Desarrollo Provincial de Obras y Servicios.
7 - La aprobación del Plan al que se refiere la pregunta anterior debe llevarse a cabo por la Diputación Provincial, según el art. 36 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (en adelante LRBRL):
a) Anualmente.
b) Al inicio de cada legislatura.
c) Cada dos años.
d) Son planes o programas quinquenales.
8 - El desarrollo del Plan se financiará: (art. 36 LRBRL):
a) Con medios propios de la Diputación.
b) Con aportaciones municipales.
c) Con subvenciones de la Comunidad Autónoma y del Estado.
d) Con cualquiera de los anteriores.
9 - De acuerdo con el art. 9 del Real Decreto 835/2003, de 27 de junio, por el que se regula la cooperación económica del Estado a las inversiones de las entidades locales, los planes de cooperación a las obras y servicios de competencia municipal y de red viaria local, serán informados por:
a) Consejo de Estado.
b) Órgano consultivo de la Comunidad Autónoma.
c) Subdelegado del Gobierno.
d) Asesoría jurídica del Área de Presidencia.
10 - Las obras incluidas en los planes provinciales de cooperación subvencionadas por el Estado, con carácter general deberán ser adjudicadas, de acuerdo con el art. 11 del Real Decreto 835/2003, de 27 de junio, por el que se regula la cooperación económica del Estado a las inversiones de las entidades locales:
a) Dentro del primer semestre del año.
b) Antes del 1 de marzo de cada año.
c) Dentro del año de aprobación del plan.
d) Dentro del año natural siguiente a la aprobación del plan.


Preguntas acertadas:
Preguntas falladas:
Preguntas no contestadas:
NOTA:

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