Examen parte 4 Bolsa Técnico de Administración General Ayuntamiento de Buñol 2024
La máxima puntuación de este test son 15 puntos
Por cada pregunta fallada se le va restando 0.25 puntos a la nota final
Cada pregunta acertada equivale a 1 punto
Cada pregunta no contestada equivale a 0 puntos
1 - Son infracciones muy graves tipificadas por la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno:
2 - Las entidades locales, NO podrán establecer tasas por la prestación de los siguientes servicios públicos:
3 - Los Acuerdos provisionales adoptados por las Corporaciones Locales para las aprobaciones y modificaciones de las ordenanzas fiscales, se expondrán al público, debiéndose publicar el Anuncio en el BOP, y además en un diario de los de mayor difusión de la provincia, cuando el Ayuntamiento tenga una población superior a:
4 - Si al iniciarse el ejercicio económico no hubiese entrado en vigor el presupuesto de un Ayuntamiento:
5 - El Gobierno declara el estado de alarma mediante:
6 - La reforma constitucional, cuando se propusiere una parcial que afecte al Capítulo 2º Sección 1ª del Título I precisa:
7 - Las parcelas que no tengan la condición de solar:
8 - Que instrumento de planeamiento clasificará el suelo urbanizable:
9 - Son determinaciones de la ordenación pormenorizada:
10 - Respecto del catálogo de protecciones, señale la respuesta correcta:
11 - (Reserva) El siguiente concepto de gestión urbanística “El conjunto de terrenos, contiguos o discontinuos, que quedan sujetos a un mismo aprovechamiento tipo” se denomina:
12 - (Reserva) Las actuaciones integradas son ámbitos:
13 - (Reserva) La celebración de contratos por parte de las Administraciones Públicas requerirá la previa tramitación del expediente de contratación, que se inicia:
14 - (Reserva) La emisión de los informes, según el artículo 80 de la LPAC, suspenden el transcurso del plazo máximo legal para resolver el procedimiento:
15 - (Reserva) “De conformidad a la Ley Orgánica Electoral General, modificada por la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, las candidaturas que se presenten para las elecciones municipales deberán tener una composición equilibrada de mujeres y hombres, de forma que en el conjunto de la lista los candidatos de cada uno de los sexos supongan como mínimo el cuarenta por ciento. Cuando el número de puestos a cubrir sea inferior a cinco, la proporción de mujeres y hombres será lo más cercana posible al equilibrio numérico”. Esto no será exigible en las candidaturas que se presenten en los municipios con un número de residentes igual o inferior a:
Preguntas acertadas: | |
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Preguntas falladas: | |
Preguntas no contestadas: | |
NOTA: |
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