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1 - De conformidad con el art. 197 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Las entidades locales podrán concertar los servicios financieros de su tesorería con entidades de crédito y ahorro, mediante la apertura de los siguientes tipos de cuentas:
Cuentas restringidas de recaudación y pagos.
Cuentas operativas de ingresos y pagos.
Cuentas financieras de colocación de excedentes de tesorería.
Todas son correctas.

2 - El ejercicio presupuestario, según lo dispuesto en el artículo 163 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, coincidirá con:
El año natural.
El periodo que abarca desde el 1 de febrero al 31 de enero.
El periodo anual a contar desde la entrada en vigor del presupuesto.
El periodo que determine el Pleno de la Corporación, la cual ostenta competencias para la aprobación del presupuesto y fijación del ámbito temporal del mismo.

3 - A los efectos del art. 17.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, no tendrán la consideración de interesados para reclamar contra acuerdos provisionales de aprobación de ordenanzas fiscales:
Las asociaciones y demás entidades legalmente constituidas para velar por los intereses profesionales, económicos o vecinales, cuando actúen en defensa de los que les son propios.
La cámara oficial de comercio e industria de la localidad.
La subdelegada del gobierno.
Los colegios oficiales de profesionales.

4 - Según el art.21 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, las entidades locales no podrán exigir tasas por:
Enseñanzas especiales en establecimientos docentes de las entidades locales.
Vertido y desagüe de canalones y otras instalaciones análogas en terrenos de uso público local.
Documento expedido por la administración a instancia de parte.
Limpieza de la vía pública.

5 - De conformidad con el art. 195 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Las disponibilidades de la tesorería y sus variaciones quedan sujetas:
A intervención por auditoria del Banco de España.
A intervención y al régimen de la contabilidad pública.
A intervención del Banco Central Europeo.
Todas son correctas.

6 - Los Presupuestos Generales de las Entidades Locales constituyen, de acuerdo con el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales:
La expresión de las obligaciones que, como máximo, pueden reconocer la Entidad y sus Organismos Autónomos.
La expresión cifrada, conjunta y sistemática de las obligaciones que, como máximo, pueden reconocer la Entidad y sus Organismos Autónomos.
La expresión cifrada, general y sistemática de las obligaciones que, como máximo, pueden reconocer la Entidad y su Organismo Autónomos.
La Expresión contable, conjunta y sistemática de las obligaciones que, como máximo, pueden reconocer la Entidad y sus Organismos Autónomos.

7 - La vigente Ley Reguladora de las Haciendas Locales fue aprobada por:
Real Decreto Legislativo 2/2003, de 5 de marzo.
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Ley 39/1989, de 29 de diciembre.
Ley 39/1989, de 28 de diciembre.

8 - De conformidad con el art. 175 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, los créditos para gastos que el último día del ejercicio presupuestario no estén afectados al cumplimiento de obligaciones ya reconocidas:
Quedarán anulados de pleno derecho, con algunas excepciones que se señalan en el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Forman parte del Remanente de Tesorería, con algunas excepciones que se señalan en el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Quedarán anulados de pleno derecho sin excepciones.
Deberán ser incorporados al ejercicio inmediato siguiente.

9 - De acuerdo con el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, los Ayuntamientos exigirán, de acuerdo con esta ley y las disposiciones que la desarrollan, los siguientes impuestos:
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles, el Impuesto sobre Actividades Económicas y el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras y el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
Con carácter voluntario, el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, y el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
Ninguna de las anteriores es correcta.

10 - Con respecto a las Ordenanzas Fiscales que aprueba cada Entidad Local, el Art. 17 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, dispone que:
Las entidades locales habrán de expedir copias de las ordenanzas fiscales publicadas a los interesados que las demanden.
Las entidades locales podrán de expedir copias de las ordenanzas fiscales publicadas a los interesados que las demanden.
Las entidades locales habrán de expedir copias de las ordenanzas fiscales publicadas a quienes las demanden.
Todas son correctas.



Preguntas acertadas:
Preguntas falladas:
Preguntas no contestadas:
NOTA:


1 - Señalar la respuesta correcta: La Prestación Personal es un Recurso de las Haciendas Locales para municipios:
De alta montaña.
Turísticos comprendidos en el ámbito subjetivo que se define en el artículo 122, de la Ley de Bases de Régimen Local.
Menores de 5.000 habitantes.
Todos los municipios pueden imponer Prestación Personal.

2 - El artículo 169.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, establece:
La aprobación definitiva del presupuesto general por el Presidente de la corporación habrá de realizarse antes del día 31 de diciembre del año anterior al del ejercicio en que deba aplicarse.
La aprobación definitiva del presupuesto general por el Pleno de la corporación habrá de realizarse antes del día 31 de octubre del año anterior al del ejercicio en que deba aplicarse.
La aprobación definitiva del presupuesto general por el Pleno de la corporación habrá de realizarse antes del día 31 de diciembre del año anterior al del ejercicio en que deba aplicarse.
La aprobación definitiva del presupuesto general por el Presidente de la corporación podrá realizarse en cualquier momento.

3 - El presupuesto de la Entidad Local, al que habrá de unirse la documentación establecida en el art. 168 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, será formado por:
Su Presidente.
El Pleno.
La Junta de Gobierno Local.
El Interventor General.

4 - Según lo establecido en el art. 10 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la recaudación de los tributos locales ¿se realizará de acuerdo con lo prevenido en la Ley General Tributaria y en las demás leyes del Estado reguladoras de la materia, así como en las disposiciones dictadas para su desarrollo?
Sólo si así lo establecen sus ordenanzas fiscales.
Sí, pudiendo a través de sus ordenanzas fiscales, las entidades locales establecer disposiciones contrarias a esta normativa únicamente para los procedimientos de recaudación ejecutiva de tasas, contribuciones especiales e impuestos no obligatorios.
Sí, pudiendo a través de sus ordenanzas fiscales, las entidades locales adaptar esta normativa al régimen de organización y funcionamiento interno propio de cada una de ellas, sin que tal adaptación pueda contravenir el contenido material de dicha normativa.
Sí, sin que las ordenanzas fiscales de las entidades locales puedan regular nada sobre esta materia.

5 - En virtud del Artículo 191.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales:
El presupuesto de cada ejercicio se liquidará en cuanto a la recaudación de derechos yal Pago de obligaciones el 31 de diciembre del año natural correspondiente, quedando a cargo de la Tesorería local los ingresos y pagos pendientes, según sus respectivas contracciones.
El presupuesto de cada ejercicio se liquidará en cuanto a la recaudación de ingresos y al pago de obligaciones el 31 de diciembre del año natural correspondiente, quedando a cargo de la Tesorería local los ingresos y pagos pendientes, según sus respectivas contracciones.
El presupuesto de cada ejercicio se liquidará en cuanto a la recaudación de derechos yal pago de obligaciones el 31 de diciembre del año natural correspondiente, quedando a cargo de la Intervención local los ingresos y pagos pendientes, según sus respectivas contracciones.
El presupuesto de cada ejercicio se liquidará en cuanto a la recaudación de derechos yal pago de obligaciones el 31 de diciembre del año natural correspondiente, quedando a cargo de la Intervención local los ingresos y pagos pendientes, según sus respectivas contraindicaciones.

6 - De conformidad con el art.184 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, cuál de estos actos no es una fase de la gestión del presupuesto de gastos:
Autorización.
Disposición o compromiso.
Reconocimiento o liquidación de la obligación.
Liquidación del presupuesto.

7 - De conformidad con el art. 196 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Son funciones encomendadas a la tesorería de las entidades locales, entre otras:
Servir al principio de unidad de caja.
Responder de los avales contraídos.
Recaudar los derechos y pagar las obligaciones.
Todas son correctas.

8 - En virtud del artículo 21 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales Las entidades locales no podrán exigir tasas por los servicios siguientes (señale la respuesta correcta):
Protección civil.
Limpieza de la vía pública.
Enseñanza en los niveles de educación obligatoria.
Todas las respuestas son correctas.



Preguntas acertadas:
Preguntas falladas:
Preguntas no contestadas:
NOTA:


1 - Según el artículo 96 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el importe de la cuota de Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica se prorrateará por trimestres naturales:
En los casos de venta del vehículo durante el año natural.
En los casos de primera adquisición, de baja definitiva del vehículo o en supuestos de baja temporal por sustracción o robo del vehículo.
Únicamente en los casos de primera adquisición.
Únicamente en el caso de baja definitiva del vehículo.

2 - Según el artículo 6 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, los tributos que establezcan las entidades locales al amparo de lo dispuesto en el artículo 106.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, respetarán, en todo caso, los siguientes principios:
Someter a gravamen bienes situados, actividades desarrolladas, rendimientos originados ni gastos realizados fuera del territorio de la respectiva entidad.
Gravar, como tales, negocios, actos o hechos celebrados o realizados fuera del territorio de la Entidad impositora, ni el ejercicio o la transmisión de bienes, derechos u obligaciones que no hayan nacido ni hubieran de cumplirse en dicho territorio.
No implicar obstáculo alguno para la libre circulación de personas, mercancías o servicios y capitales, ni afectar de manera efectiva a la fijación de la residencia de las personas o la ubicación de empresas y capitales dentro del territorio español, sin que ello obste para que las entidades locales puedan instrumentar la ordenación urbanística de su territorio.
Las entidades locales sólo pueden establecer tasas por la prestación de servicios públicos.

3 - De conformidad con lo previsto en el artículo 91 del Texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, la calificación de las actividades económicas, el señalamiento de las cuotas correspondientes, y en general, la gestión censal del IAE se llevará a cabo por:
El Ayuntamiento.
La Diputación.
La Agencia Tributaria de la CCAA.
La Administración Tributaria del Estado.

4 - Según el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, la formación del Proyecto de Presupuesto, en un Municipio de régimen común, es competencia del:
Pleno de la Corporación.
Presidente de la Corporación.
Interventor General de Fondos.
Tesorero.

5 - Señale la respuesta correcta sobre el cierre y liquidación del presupuesto, acorde con el art. 191 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales:
El presupuesto de cada ejercicio se liquidará en cuanto a la recaudación de obligaciones y al pago de derechos el 31 de diciembre del año natural correspondiente.
Las obligaciones reconocidas y liquidadas no satisfechas el último día del ejercicio, los derechos pendientes de cobro y los fondos líquidos a 1 de enero configurarán el remanente de tesorería de la entidad local.
El presupuesto de cada ejercicio se liquidará en cuanto a la recaudación de derechos y al pago de obligaciones el 31 de diciembre del año natural correspondiente.
Las entidades locales deberán confeccionar la liquidación de su presupuesto antes del 31 de marzo del ejercicio siguiente.

6 - Según el art.180 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, las transferencias de créditos:
No afectarán a los créditos ampliables ni a los extraordinarios concedidos durante el ejercicio.
No podrán minorarse los créditos que hayan sido incrementados con suplementos o transferencias, salvo cuando afecten a créditos de personal, ni los créditos incorporados como consecuencia de remanentes no comprometidos procedentes de presupuestos cerrados.
No incrementarán créditos que como consecuencia de otras transferencias hayan sido objeto de minoración, salvo cuando afecten a créditos de personal.
Todas respuestas son correctas.

7 - Según el RDL 2/2004 que regula las Haciendas Locales, en el caso de que no se hubieran presentado reclamaciones a la aprobación provisional de las Ordenanzas Fiscales:
Se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de acuerdo plenario.
Se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, siendo necesario acuerdo plenario.
Se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de acuerdo de la Junta de Gobierno.
Se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, siendo necesario acuerdo por mayoría simple del Pleno.

8 - De conformidad con el art. 216 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, un reparo formulado por el Interventor en el ejercicio de la función interventora a un expediente que afecte a disposición de gastos basado en insuficiencia de crédito ¿tendrá carácter suspensivo?
No, sólo tienen carácter suspensivo cuando afectan a reconocimiento de obligaciones y pagos.
No, los reparos nunca tienen carácter suspensivo.
Sí, hasta que el reparo sea solventado.
Sí, sin que se pueda solventar, debiendo el órgano gestor del expediente finalizar el procedimiento.



Preguntas acertadas:
Preguntas falladas:
Preguntas no contestadas:
NOTA:


1 - Según el artículo 166 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, cuál de estos documentos debe unirse como Anexo al presupuesto general de la entidad local:
Los planes y programas de inversión y financiación para un plazo de cuatro años.
Los programas trimestrales de actuación, inversiones y financiación de las sociedades mercantiles de cuyo capital social sea titular único o partícipe mayoritario la entidad local.
El presupuesto de Tesorería del ejercicio.
La liquidación del presupuesto de la entidad local, correspondiente al ejercicio anterior.

2 - Según el artículo 39 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítulo primero del título sexto de la Ley reguladora de las Haciendas Locales en materia de presupuestos, ¿dónde se regula la tramitación de los expedientes de ampliación de crédito?
En los Presupuestos Generales.
En la Comisión Nacional de Administración Local.
En las Bases de Ejecución del Presupuesto.
En el Programa de Actuación y Planes de Etapas.

3 - El recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, frente a un acto administrativo de una entidad local, regulado en el art. 14 del Texto Refundido de la ley de Haciendas Locales, tiene carácter preceptivo:
En ningún caso.
En el caso de que la reclamación se fundamente en la violación de derechos fundamentales.
En el caso de que sea un acto de aplicación y efectividad de un tributo.
En el caso de que la reclamación sea en materia de bienes comunales.

4 - La bonificación prevista en el artículo 103 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, para el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras para las viviendas de protección oficial:
Es de hasta el 95%.
Es de hasta el 90 %.
Es de hasta el 50 %.
Es de hasta el 75%.

5 - De acuerdo al art. 142 de la Constitución Española, las Haciendas Locales se nutrirán fundamentalmente:
De Impuestos, tasas, precios públicos y contribuciones especiales.
De ingresos patrimoniales, tasas y subvenciones.
De ingresos patrimoniales y participación en los ingresos del Estado.
De tributos propios y de participación en los del Estado y de las Comunidades Autónomas.

6 - Según el artículo 179 de Ley Reguladora de las Haciendas Locales, las transferencias de crédito entre distintos grupos de función, que no afecten a créditos de personal, serán competencia:
Del Alcalde.
Del Pleno.
De la Junta de Gobierno.
Del Alcalde, pero podrá delegarlo en favor de la Junta de Gobierno.

7 - De conformidad con el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, la respuesta correcta es:
Tienen la consideración de tasas, las prestaciones patrimoniales que establezcan las entidades locales por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local, cuando sea de solicitud o recepción voluntaria para los administrados.
Las entidades locales no podrán exigir tasas por el servicio de limpieza de la vía pública.
Las tasas por la prestación de servicios excluyen la exacción de contribuciones especiales por el establecimiento o ampliación de aquéllos.
Todas las respuestas son correctas.

8 - Conforme a lo dispuesto en el art. 85 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, que desarrolla la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, la gestión de los gastos de carácter plurianual se realizará en las siguientes fases de ejecución del gasto:
Retención de crédito y Autorización.
Autorización, disposición y reconocimiento de la obligación.
Disposición y reconocimiento de la obligación.
Autorización y disposición.



Preguntas acertadas:
Preguntas falladas:
Preguntas no contestadas:
NOTA:


1 - De conformidad con el art.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, son recursos de las entidades locales:
Los tributos propios.
Las subvenciones.
El producto de las multas y sanciones en el ámbito de sus competencias.
Todas las respuestas son correctas.

2 - Según el artículo 142 de la Constitución Española, las Haciendas Locales:
Se nutrirán fundamentalmente de tributos propios y de participación en los del Estado y de las Comunidades Autónomas.
Sólo de tributos propios.
No disponen de tributos propios.
Ninguna respuesta es correcta.

3 - Constituye el hecho imponible de las contribuciones especiales, en virtud de lo dispuesto en el artículo 28 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (señale la respuesta correcta):
La obtención por el sujeto pasivo de un beneficio o de un aumento de valor de sus bienes como consecuencia de la realización de obras públicas o del establecimiento o ampliación de servicios públicos, de carácter local, por las entidades respectivas.
La utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local.
La prestación de servicios públicos.
Todas las respuestas son correctas.

4 - Conforme dispone el art. 31 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, que desarrolla la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, la verificación de la suficiencia del saldo de crédito para expedir una retención de crédito para autorización de un gasto deberá efectuarse:
En todo caso, al nivel a que esté establecida la vinculación jurídica del crédito.
En todo caso, al nivel de la propia aplicación presupuestaria contra la que se certifique.
Al nivel a que esté establecida la vinculación jurídica del crédito, salvo para gastos de personal, que será a nivel de la propia aplicación presupuestaria.
Al nivel a que esté establecida la vinculación jurídica del crédito, salvo para gastos de inversión, que será a nivel de la propia aplicación presupuestaria.

5 - Conforme a lo dispuesto en el artículo 2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la ley reguladora de las Haciendas Locales, los tributos propios de las entidades locales se clasifican en:
Tasas e Impuestos.
Tasas, Impuestos y Precios Públicos.
Tasas, Contribuciones Especiales e Impuestos.
Ninguna es correcta.

6 - Según el art.7 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, indique la respuesta correcta:
Las entidades locales podrán delegar en la comunidad autónoma o en otras entidades locales en cuyo territorio estén integradas únicamente las facultades de gestión, liquidación, inspección y recaudación tributarias.
Las entidades locales podrán delegar en la comunidad autónoma o en otras entidades locales en cuyo territorio estén integradas únicamente las facultades de liquidación, inspección y recaudación tributarias y de los restantes ingresos de Derecho público que les correspondan.
Las entidades locales podrán delegar en la comunidad autónoma o en otras entidades locales en cuyo territorio estén integradas, las facultades de gestión, liquidación, inspección y recaudación tributarias y de los restantes ingresos de Derecho público que les correspondan.
Las entidades locales podrán delegar en otras entidades locales en cuyo territorio estén integradas pero no en la Comunidad Autónoma, las facultades de gestión, liquidación, inspección y recaudación tributarias y de los restantes ingresos de Derecho público que les correspondan.

7 - Según el art.167 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, cuál de estos niveles de los estados de gastos de los presupuestos generales de las entidades locales no forma parte de la clasificación por programas:
Política de gasto.
Niveles de capítulo, artículo y concepto.
Grupos de programas, que se subdividirán en programas.
Área de gasto.

8 - Según la Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, ¿cuál de los siguientes es un impuesto municipal indirecto?
Impuesto sobre bienes inmuebles.
Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.
Impuesto sobre el incremento de valor de terrenos de naturaleza urbana.
Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.



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