Que siendo las 03.00h de la madrugada de un lunes, y estando usted como Jefe de Servicio (indicativo Sierra-1), se recibe llamada telefónica en la Sala de 092 indicando que un vehículo conducido por un hombre (sujeto A) y ocupado por otro hombre (sujeto B) y una mujer (sujeto C), circulan en un Seat Ibiza de color negro y con matrícula 7233 BRX, rebasando el semáforo frente al “Kapote” en su fase roja a gran velocidad, y conduciendo de forma temeraria por la Avenida Álvaro Domecq, creando concreto peligro para la seguridad vial, estando a punto de atropellar a un peatón cuando cruzaba por el paso de peatones.
Que han llegado al establecimiento Aromas perfumería, situado en C/Larga con C/Bizcocheros, procediéndose al “alunizaje” del comercio con el citado vehículo dando marcha atrás, llegando a romper la puerta y a llevarse productos de perfumería por un valor de 20.000 euros, participando en los hechos descritos todos los ocupantes del vehículo y posterior sustracción de productos de la perfumería.
Que la unidad T-40 le comunica que han podido interceptarlos a la altura de la Avenida de la Paz con Avenida Martín Ferrador. Que el sujeto A (hombre) tiene una orden de alejamiento en vigor respecto al sujeto C (mujer), a consecuencia de una condena firme por delito de violencia de género, así como nunca ha obtenido antes ningún tipo de permiso o licencia para conducir vehículos.
El sujeto B (hombre) porta un arma de fuego corta, no teniendo licencia de armas, y 5 gramos de cocaína en el bolsillo para consumo propio. El vehículo fue denunciado el mismo día, concretamente a las 00.30h por el propietario del mismo manifestando en la denuncia que dejó las llaves puestas en el coche mientras echaba gasolina en el surtidor, encontrándose abierto y en un despiste el Sujeto A se subió al mismo llevándoselo del lugar.
El vehículo presenta ITV (inspección técnica de vehículos) caducada desde hace 5 meses, no tiene seguro obligatorio desde hace 3 meses, y se observa modificaciones de importancia en el motor para incrementar la potencia.
Usted como Jefe de servicio, le indica a la unidad lima 20 que apoye y colabore junto a la unidad T-40 en la intervención mencionada, puesto se tiene que dirigir a comprobar unos hechos denunciados por un ciudadano, según el cual ha visto a la patrulla entrar en el Pub “El Señorío”, situado en Calle María Auxiliadora 9, compuesta por los policías con D.P.I nº 10040 y 10041, llevando más de una hora desde que entraron en el lugar.
Como Jefe de Servicio y tras intentar comunicarse con ellos vía radio, y por teléfono, no contestando, se persona en el lugar indicado y observa al Agente 10040 embriagado y consumiendo un cubata de whisky, así como mostrando el arma a las personas que estaban en el Pub, mientras que el Agente 10041 se encuentra bastante eufórico, consumiendo en la barra del pub 1 dosis de MDMA (éxtasis o cristal) y en la mano un cigarrillo de tabaco encendido.
Ante tales hechos, llama a la unidad Zulú-30 para que se encargue de Inspeccionar el establecimiento y de trasladar a los Policías 10040 y 10041 a Jefatura. “El Señorío” no tiene licencia de apertura, tampoco seguro obligatorio, carece de extintores de seguridad y la puerta de emergencia se encuentra bloqueada con una columna de cajas de botellines de Coca-Cola.
De regreso a base (H-50), le solicita auxilio una persona porque frente al Pub Opera de Avenida de México, ha habido una riña tumultuaría y a consecuencia de ello hay una persona tirada en el suelo con heridas graves por arma blanca en los dos ojos, perdiendo el órgano de la visión por completo, el cual fue detenido posteriormente por el grupo de investigación de policía nacional, tratándose del sujeto D, el cual tenía antecedentes penales por atentado y lesiones.
Los otros sujetos que participaron en la riña tumultuaria siguen siendo investigados por el grupo de delitos violentos de policía nacional.
En relación a este supuesto se plantean las siguientes cuestiones: