Parte 3 - Examen Conserje/Ordenanza Ayuntamiento de Loja 06/03/2025

1 - De acuerdo con el artículo 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si un ciudadano quiere realizar una solicitud de iniciación de un procedimiento administrativo, pero desconoce el código de identificación del órgano, centro o unidad administrativa a la que se dirige:
El conserje está obligado a facilitarle al interesado el código de identificación si el interesado lo desconoce.
El conserje le deberá comunicar al interesado, que el código debe facilitárselo la oficina de asistencia en materia de registros.
El conserje deberá dirigir al interesado al departamento que tenga competencia para tramitar el expediente administrativo.
2 - ¿Qué es el gramaje de un papel A4?
Su peso en gramos.
La relación entre su peso en gramos y la superficie.
La relación entre su peso en gramos y el volumen.
3 - Teniendo en cuenta que el Ayuntamiento de Loja tiene 262 trabajadores, en cumplimiento del artículo 35 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, deben designarse:
2 Delegados de Prevención.
4 Delegados de Prevención.
3 Delegados de Prevención.
4 - ¿Cómo se denomina a cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o salud en el trabajo, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin?
Equipo de protección individual.
Equipo de prevención de accidentes de trabajo.
Equipo de prevención de riesgos laborales.
5 - Según el Anexo IV del Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo:
Si un dispositivo puede emitir una señal tanto continua como intermitente, la señal intermitente se utilizará para indicar, con respecto a la señal continua, un mayor grado de peligro o una mayor urgencia de la acción requerida.
Si un dispositivo puede emitir una señal tanto continua como intermitente, la señal intermitente se utilizará para indicar, con respecto a la señal continua, un menor grado de peligro o una menor urgencia de la acción requerida.
Si un dispositivo puede emitir una señal tanto continua como intermitente, mayoritariamente se utilizará la señal intermitente.
6 - Según el artículo 42 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
Cuando la notificación se practique en el domicilio del interesado, de no hallarse presente éste en el momento de entregarse la notificación, podrá hacerse cargo de la misma cualquier persona mayor de dieciséis años que se encuentre en el domicilio y haga constar su identidad. Si nadie se hiciera cargo de la notificación, se hará constar esta circunstancia en el expediente, junto con el día y la hora en que se intentó la notificación, intento que se repetirá por una sola vez y en una hora distinta dentro de los tres días siguientes. En caso de que el primer intento de notificación se haya realizado antes de las quince horas, el segundo intento deberá realizarse después de las quince horas y viceversa, dejando en todo caso al menos un margen de diferencia de tres horas entre ambos intentos de notificación. Si el segundo intento también resultara infructuoso, se procederá en la forma prevista en el artículo 44.
Cuando la notificación se practique en el domicilio del interesado, de no hallarse presente éste en el momento de entregarse la notificación, podrá hacerse cargo de la misma cualquier persona mayor de catorce años que se encuentre en el domicilio y haga constar su identidad. Si nadie se hiciera cargo de la notificación, se hará constar esta circunstancia en el expediente, junto con el día y la hora en que se intentó la notificación, intento que se repetirá por una sola vez y en una hora distinta dentro de los tres días siguientes. En caso de que el primer intento de notificación se haya realizado antes de las trece horas, el segundo intento deberá realizarse después de las trece horas y viceversa, dejando en todo caso al menos un margen de diferencia de tres horas entre ambos intentos de notificación. Si el segundo intento también resultara infructuoso, se procederá en la forma prevista en el artículo 44.
Cuando la notificación se practique en el domicilio del interesado, de no hallarse presente éste en el momento de entregarse la notificación, podrá hacerse cargo de la misma cualquier persona mayor de catorce años que se encuentre en el domicilio y haga constar su identidad. Si nadie se hiciera cargo de la notificación, se hará constar esta circunstancia en el expediente, junto con el día y la hora en que se intentó la notificación, intento que se repetirá por una sola vez y en una hora distinta dentro de los tres días siguientes. En caso de que el primer intento de notificación se haya realizado antes de las quince horas, el segundo intento deberá 8realizarse después de las quince horas y viceversa, dejando en todo caso al menos un margen de diferencia de tres horas entre ambos intentos de notificación. Si el segundo intento también resultara infructuoso, se procederá en la forma prevista en el artículo 44.
7 - Los códigos postales de Loja son:
18300, 18310 compartido con Salar, 18311, 18312, 18313 y 18314
18300, 18311 compartido con Zagra, 18312, 18313 y 18314.
Las dos anteriores son falsas.
8 - De acuerdo con las garantías que el servicio de Correos otorga a los envíos postales, estos se clasifican en:
Generales, urgentes y certificados.
Generales, certificados y con valor declarado.
Especiales, urgentes y certificados.
9 - El mantenimiento que se realiza como consecuencia de un fallo o avería en instalaciones corresponde al:
Mantenimiento preventivo.
Mantenimiento correctivo.
Mantenimiento selectivo.
10 - Entre las funciones de un conserje se encuentran las siguientes (SEÑALE LA INCORRECTA):
Apoyo en las labores de recepción o registro de documentación.
Realización de operaciones sencillas y repetitivas dentro de las tareas operativas, tales como fotocopias, archivar, encarpetar o cualquier otra de naturaleza similar.
Realización de copias auténticas, diligencias, firmas por delegación y levantamiento de actas.