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1 - Para que la normativa vigente en materia de Seguridad Vial se aplique en vías y terrenos privados, se requiere que:
Así lo disponga el titular de las mismas.
Se efectúe un convenio con las Fuerzas y Cuerpos de seguridad competentes por razón de la materia.
Dichas vías y terrenos sean utilizados por una colectividad indeterminada de usuarios.
En ningún caso puede aplicarse esta normativa a estas vías y terrenos dado su carácter de privados.