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1 - Según la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, las personas con discapacidad pueden ejercer su derecho al trabajo a través de los siguientes tipos de empleo:
Empleo ordinario, en las empresas y en las administraciones públicas, incluido los servicios de empleo con apoyo.
Empleo protegido, en centros especiales de empleo y en enclaves laborales.
Empleo autónomo.
Todas son correctas.