Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - De conformidad con lo previsto en el Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de Salud, las faltas graves prescriben:
A los seis meses de su comisión.
A los tres años de su comisión.
A los dos años de su comisión.
A los cuatro años de su comisión.