Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - Los usuarios del Sistema Nacional de Salud según el Artículo 10 del Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, tendrán derecho a:
La información, y, en su caso, tramitación de los procedimientos administrativos necesarios para garantizar la continuidad de la atención sanitaria.
La expedición de los partes de baja y demás informes clínicos para la valoración de la incapacidad u otros efectos.
La documentación o certificación médica de nacimiento, defunción y demás extremos para el Registro Civil.
Todas son correctas.