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1 - Según el artículo 36.1 de la Ley 30/1992, de 26 de abril, ¿es obligatoria la comparecencia de los ciudadanos ante las oficinas públicas?
No, en ningún caso.
Sí, pero sólo cuando así esté previsto en una norma con rango de ley.
Sí, siempre que lo ordene una autoridad investida de competencia legal para ello.
Sí, cuando se trate de expedientes sancionadores iniciados de oficio.