Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - De acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, NO tiene la consideración de fuente de acceso público:
El repertorio telefónico en los términos previstos en su normativa específica.
El expediente académico.
El censo promocional.
El Boletín Oficial de la Provincia de Jaén.