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1 - De conformidad con el artículo primero de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, la Seguridad Pública es competencia:
Exclusiva del Estado.
Del Estado y de las Comunidades Autónomas.
Del Estado, de las Comunidades Autónomas y de las Corporaciones Locales.