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1 - Según el artículo 75 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del Empleo Público de Galicia, la carrera horizontal consiste:
En el ascenso de grado y de categoría profesional sin necesidad de cambiar de puesto de trabajo, en los términos que se establezcan reglamentariamente en desarrollo de los principios recogidos en esta sección.
En el ascenso en la estructura de' puestos de trabajo por los procedimientos de provisión establecidos en esta ley.
En el ascenso desde un cuerpo o escala de un subgrupo o grupo de clasificación profesional, en el supuesto de que este no tenga subgrupo, a otro superior, conforme al establecido en esta sección.