Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - Las medidas de carácter civil contenidas en la Orden de Protección:
Tendrán una vigencia temporal de 30 días y si en ese periodo se incoa proceso ante la jurisdicción civil, las medidas se verán, prorrogadas en otros 30 días.
Tendrán una vigencia temporal de 60 días y si en ese periodo se incoa proceso ante la jurisdicción civil, las medidas se verán, prorrogadas en otros 60 días.
Tendrán una vigencia temporal de 30 días.
Tendrán una vigencia temporal de 60 días.