Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - Conforme al artículo 16.4 de la Ley 39/2015, los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas, no podrán presentarse:
En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan.
En las oficinas de asistencia en materia de registros.
En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares del extranjero en España.