En el Ayuntamiento de Villarriba que se encuentra plenamente adaptado al comienzo de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, un ciudadano extranjero, D. John X. se persona en la Oficina de Asistencia en Materia de Registro del citado ayuntamiento y se dirige a un auxiliar administrativo funcionario habilitado de la Oficina, solicitando se le registre un documento que aporta en soporte papel que consiste en un recurso de reposición que pretende interponer contra la denegación de la concesión de licencia de obras que solicitó para la construcción de una vivienda unifamiliar en el término municipal, dictada por el Servicio Municipal de Urbanismo.
En el municipio de Villarriba de Andalucía, con una población de 7.500 habitantes y que no cuenta con Reglamento Orgánico, D. Antonio R., de profesión jubilado, presentó el día 12 de marzo de 2018 solicitud de licencia urbanística de edificación para construcción de una vivienda unifamiliar en una calle del municipio calificado como suelo urbano consolidado del municipio.
Dicha solicitud se acompaña de toda la documentación técnica establecida en la normativa urbanística de aplicación.
En una inspección urbanística se comprueba que la obra que está realizando D. Antonio excede de la licencia concedida, por lo que el Ayuntamiento inicia el 10 de diciembre de 2018 el correspondiente expediente sancionador en el que figuran como presuntos responsables de la infracción urbanística a D. Antonio, titular de la licencia, y la mercantil “Promotora, S.A.”, empresa constructora.