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1 - Régimen Jurídico del Sector Público. De los órganos de las Administraciones Públicas. Competencia. Cuando decimos que los órganos superiores podrán reclamar o recabar para sí el conocimiento de uno o varios asuntos cuya resolución corresponda ordinariamente o por delegación a sus órganos dependientes, estamos hablando de una:
Encomienda de gestión.
Delegación de competencias.
Delegación de firma.
Avocación.