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1 - Constitución. Reforma Constitucional. Aprobada una reforma ordinaria o simple de la Constitución en qué plazo será sometida a referéndum cuando lo solicite una décima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras.
15 días siguientes a su aprobación.
30 días siguientes a su aprobación.
20 días siguientes a su aprobación.
Ninguna de las anteriores.