Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - Cuando la notificación por medios electrónicos sea de carácter obligatorio, se entenderá rechazada cuando:
Hayan transcurrido veinte días naturales desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido.
Hayan transcurrido diez días naturales desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido.
Hayan transcurrido diez días hábiles desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido.
Hayan transcurrido veinte días hábiles desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido.