Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos,desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación. Para los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquélla representación.
Es cierto.
No es cierto, cualquier persona puede presentar en nombre de otra cualquier escrito, si es familiar.
No es cierto, si el escrito tiene cualquier visto bueno de la persona que se representa.
Es indiferente que se acredite o no.