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1 - Los Cuerpos de Policía Local se rigen:
Por el Estatuto Básico del Empleado Público, y por la legislación de las comunidades autónomas, excepto en lo establecido para ellos en la Ley Orgánica 21986, de 13 de marzo. de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Únicamente por la legislación de las comunidades autónomas, excepto en lo establecido para ellos en la Ley Orgánica 21986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
No les es aplicable el Estatuto Básico del Empleado Público.
Por la legislación estatal.