Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - Según el art. 47.6 de la Ley 17/2017, la administración deberá entregar a la persona interesada el documento de acreditación profesional:
En el plazo máximo de seis meses a contar desde la incorporación a su primer destino.
En el plazo máximo de dos meses a contar desde la incorporación a su primer destino.
En el plazo máximo de un mes a contar desde la incorporación a su primer destino.
En el plazo máximo de tres meses a contar desde la incorporación a su primer destino.