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1 - Respecto a la regulación de la actividad de la Universidad de Granada establecida en el Título IV de sus Estatutos, señale la opción correcta.
La Escuela de Posgrado es un centro específico de la Universidad de Granada al que le corresponde la gestión y coordinación de las enseñanzas oficiales de posgrado, así como la aprobación de las normas para la elaboración y aprobación de los planes de estudios conducentes a la obtención del título de Máster Oficial y las que han de cumplir los distintos programas de doctorado y la normativa para la defensa y lectura de las tesis doctorales.
El Centro de Instrumentación Científica, como centro específico de los previstos en el artículo 21 de los Estatutos de la Universidad de Granada, puede prestar servicios a otras instituciones o empresas de carácter público o privado.
Las acciones formativas conducentes a la obtención de títulos propios serán aprobadas por la Escuela de Posgrado a propuesta del Consejo Social, al que corresponde el control previo y seguimiento de su calidad.
La Universidad de Granada, para el desarrollo de sus fines, y con la aprobación del Consejo de Gobierno, podrá crear, por sí sola o en colaboración con otras entidades públicas o privadas, empresas, fundaciones u otras personas jurídicas de acuerdo con la legislación general aplicable. El Consejo Social regulará su régimen, fines y ámbito de actuación, al que también se ajustarán los entes instrumentales existentes en la actualidad.