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1 - De acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, en virtud de su régimen foral, corresponde a Navarra la competencia exclusiva sobre:
Régimen estatutario de los funcionarios públicos de la Comunidad Foral, respetando los derechos y obligaciones esenciales que la legislación básica del Estado reconozca a los funcionarios públicos.
Establecimientos y productos farmacéuticos.
Ferias internacionales que se celebren en Navarra.
Sistema de responsabilidad de las Administraciones Públicas de Navarra.