Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - Respecto a los registros no es correcto:
Se podrán anotar en el Registro Electrónico General, la salida de los documentos oficiales dirigidos a otros órganos o particulares.
Los Organismos públicos vinculados o dependientes de cada Administración podrán disponer de su propio registro electrónico.
Los registros electrónicos de cada Organismo funcionarán como un portal que facilitará el acceso al Registro Electrónico General de cada Administración.
En la sede electrónica de acceso a cada registro figurará la relación actualizada de trámites que pueden iniciarse en el mismo.