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1 - Según el artículo 23 de la Constitución española:
Los ciudadanos no tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal.
Los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal.
Los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, solo por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal.