1 - De conformidad con el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, no es causa de pérdida de la condición de funcionario de carrera:
Separación del servicio.
Despido colectivo fundado en causa organizativa.
Pérdida de la nacionalidad.
Inhabilitación absoluta.
2 - Son tributos de los municipios:
Tasas, contribuciones especiales e impuestos.
Tasas, precios públicos, contribuciones especiales e impuestos.
Tasas, precios públicos, contribuciones especiales, impuestos y las multas.
Tasas, contribuciones especiales, precios públicos, impuestos, multas y sanciones.
3 - Según lo establecido en la Ley 3/2019, de Servicios Sociales Inclusivos, la Historia Social única: (señala la respuesta correcta):
Se conservará un mínimo de veinte años desde la fecha de alta de cada proceso de intervención.
La Generalitat podrá seleccionar y destruir los documentos que no son relevantes para la intervención transcurridos cinco años desde la última atención.
En el caso de personas fallecidas, el plazo de conservación se limitará a cinco años.
Todas las opciones anteriores son correctas.
4 - Según la ley 26/2018, de 21 de diciembre, de la Generalitat, de derechos y garantías de la infancia y adolescencia, la competencia para detectar, valorar, intervenir, declarar y determinar el cese de la situación de riesgo corresponde a:
Solo la Generalitat.
La UFAM.
La entidad local donde resida de hecho la persona protegida.
La Fiscalía.
5 - Según la ley 26/2018, de 21 de diciembre, de la Generalitat, de derechos y garantías de la infancia y adolescencia, la Generalitat asumirá la guarda de niños, niñas o adolescentes, a solicitud de las personas titulares de la patria potestad o la tutela, por un periodo máximo:
De dos años. Este periodo podrá prorrogarse excepcionalmente, a lo sumo por otro año, si el interés de la persona protegida así lo aconseja y si es previsible la reunificación familiar en ese plazo.
De tres años. Este periodo no podrá prorrogarse.
De diez años. Este periodo podrá prorrogarse excepcionalmente, a lo sumo por otro año, si el interés de la persona protegida así lo aconseja y si es previsible la reunificación familiar en ese plazo.
De cinco años. Este periodo podrá prorrogarse excepcionalmente, a lo sumo por otro año, si el interés de la persona protegida así lo aconseja y si es previsible la reunificación familiar en ese plazo.
6 - Según la ley 26/2018, de 21 de diciembre, de la Generalitat, de derechos y garantías de la infancia y adolescencia, el acogimiento familiar adoptará alguna de las modalidades previstas en el Código civil, que atendiendo a su duración y objetivos son:
Acogimiento familiar de urgencia y acogimiento familiar estable.
Acogimiento familiar de urgencia, acogimiento familiar por duración determinada y acogimiento familiar definitivo.
Acogimiento familiar de urgencia, acogimiento familiar transitorio y acogimiento familiar permanente.
Acogimiento familiar de urgencia, acogimiento familiar temporal y acogimiento familiar permanente.
7 - Se entiende por EEIIA:
No existen los EEIIA, son SEAFI.
Equipo especial de intervención con infancia y adolescencia.
Equipo especificó de intervención con infancia y adolescencia.
Ninguna de las anteriores respuestas es correcta.
8 - Señala cuál de estos servicios NO está incluido en el Catálogo de servicios de promoción de la autonomía personal y de atención a la dependencia, según la Ley 39/2006 de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia:
Servicio de Teleasistencia.
Servicio de Centro de Día para menores de 65 años.
Servicio de Centro de Noche.
Menjar a Casa para personas Dependientes.
9 - Según la clasificación que establece la Ley 39/2006 de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria al menos una vez al día o tiene necesidades de apoyo intermitente o limitado para su autonomía ¿En qué grado y situación de dependencia se clasificará?
Grado I. Dependencia Leve.
Grado II. Dependencia Severa.
Grado I. Dependencia moderada.
Grado I. Gran dependencia.
10 - Según la Ley 39/2006 de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, la revisión de grado de dependencia será revisable:
A instancia del interesado, de sus representantes o de oficio por las Administraciones públicas competentes.
Exclusivamente a instancia del interesado o de sus representantes legales.
Exclusivamente de oficio por las administraciones públicas competentes.
Exclusivamente de oficio por la o el Trabajador social de Atención Primaria Básica.