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1 - El Servicio de Atención a las personas con diversidad funcional o discapacidad y específico de personas con problemas crónicos de Salud Mental según la Ley 3/19 de Servicios Sociales Inclusivos de la Comunidad Valenciana es un servicio de:
Atención Primaria de Carácter Específico.
Atención Primaria de Carácter Básico.
Atención Secundaria.
Atención Primaria.