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1 - Para la aprobación del Reglamento Orgánico de un Ayuntamiento se requiere el siguiente quórum en la sesión del Pleno en que se debata:
Dos tercios del número legal de miembros de la Corporación.
Mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación.
Tres quintos del número legal de miembros de la Corporación.