Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - Los asientos en los Registros, se anotarán respetando el orden temporal de recepción o salida de los documentos, indicando la fecha del día en que se produzcan.
El orden temporal no es un criterio que deba tenerse en cuenta, cuando se trata de recepcionar un documento.
El criterio de recepción de los documentos es el de que, primero, se asientan los procedentes de los Juzgados.
Ninguna de las respuestas anteriores es cierta.
Sí, es cierto.