1 - Si el afectado elige un medio distinto al que se le ofrece en el derecho de acceso a la información, conforme a la L.O. 3/2018 de Protección de datos personales y supone un coste desproporcionado para la Administración:
Será exigible declaración del interesado explicando el motivo de su elección.
Será considerado excesivo y el afectado asumirá el total de costes.
Será considerado excesivo, y el afectado asumirá el exceso de costes.
2 - Las Unidades de Información que gestionan las solicitudes de información pública a los ciudadanos tienen la función de:
Mantener el mapa de contenidos y buzón público para sugerencias.
Disponer de Reglamento de funcionamiento, sin registro de accesos a los datos.
Realizar los trámites internos necesarios para dar acceso a la información.
3 - Desde la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Leganés es posible tener acceso a:
Consultar y enviar facturas electrónicas a la Administración.
Enviar facturas por servicios al Ayuntamiento y sus empresas públicas.
Obtener de la manera inmediata certificación de ejecución de obra/suministro.
4 - Para la presentación de Sugerencias, Reclamaciones y Felicitaciones a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Leganés se deberá tener exclusivamente la condición de:
Ciudadano empadronado en el municipio.
Gestorías y Asesorías que ejerzan su actividad en el municipio.
Persona física.
5 - La clasificación documental es la operación intelectual que consiste en el establecimiento de categorías y grupos que se puede hacer siguiendo dos criterios:
Económico, de eficacia y eficiencia.
Alfabético y numérico, en función de la tipología del archivo.
Orgánico y funcional.
6 - ¿Cuáles son todos los datos obligatorios en la identificación de la inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes?
Nombre y apellidos, nº de documento de identidad, fecha de nacimiento, nacionalidad, sexo y lugar de nacimiento.
Nombre, lugar y fecha de nacimiento y nº de documento de identidad.
Apellidos y nombre, lugar de nacimiento, sexo y nº documento de identidad.
7 - Las decisiones emanadas de la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones:
Serán susceptibles de recurso ante el Pleno Municipal.
No serán susceptibles de recurso alguno.
Serán susceptibles de recurso ante el Sr. Alcalde-Presidente.
8 - Los informadores del Servicio de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de Leganés remitirán a las Unidades Administrativas las Sugerencias y Reclamaciones que se presenten en el plazo de:
Máximo 48 horas, hábiles.
Máximo 24 horas, hábiles.
Al día siguiente de la presentación.
9 - Los instrumentos esenciales para la gestión y aplicación de los Planes de Prevención de Riesgos son: (señale la respuesta incorrecta):
Evaluación de riesgos laborales.
La planificación de la actividad preventiva.
La articulación de los mecanismos de participación y consulta.
10 - La Evaluación de Riesgos Laborales será actualizada, en caso de:
Cuando cambien condiciones de trabajo, equipos o sustancias peligrosas.
Cuando se pueda intuir que se produzcan daños para la salud de algunos trabajadores.
Cuando el Equipo Técnico de Salud Laboral lo considere oportuno y tengan tiempo para poder realizarlo.