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1 - La Ley 4/2015, de 30 de marzo de Protección de la Seguridad Ciudadana, en cuanto a la ejecución de la sanción, establece que el cumplimiento de la sanción de suspensión de las licencias, autorizaciones o permisos se iniciará:
Transcurridos diez días desde que la sanción haya adquirido firmeza en vía administrativa.
Transcurridos quince días desde que la sanción haya adquirido firmeza en vía administrativa.
Transcurridos veinte días desde que la sanción haya adquirido firmeza en vía administrativa.
Transcurrido un mes desde que la sanción haya adquirido firmeza en vía administrativa.