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1 - Según la disposición transitoria quinta de la Ley 7/2011, de 21 de marzo, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de Castilla-La Mancha, un establecimiento público con un aforo autorizado de 550 personas, deberá disponer de un seguro de responsabilidad civil cuyo capital mínimo será de:
Más de 1.500.000 euros.
Más de 600.000 euros.
Más de 1.200.000 euros.
Más de 900.000 euros.