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1 - Para que la normativa vigente en materia de Seguridad Vial se aplique en vías y terrenos privados, se requiere que:
Así lo disponga el titular de la misma.
Se efectué un convenio con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad competentes por razón de la materia.
Que dichas vías sean utilizadas por una colectividad indeterminada de usuarios.
Dado el carácter de privados, no cabe aplicar la normativa vigente en materia de Seguridad Vial.