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1 - Que la Administración Autonómica asumirá la tutela por ministerio de la Ley de Menores en situación de desamparo y la guarda temporal de menores a petición de sus padres o tutores se indica en:
L.O. 1/1996 de 15 de enero.
L.O. 5/2000 de 12 de enero.
Ley 6/1995 de 28 de marzo.