Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - En los procedimientos iniciados a solicitud del interesado, el silencio administrativo tendrá efecto desestimatorio:
Constituyendo la regla general.
En los procedimientos relativos al ejercicio del derecho de participación, a que se refiere el artículo 23 de la Constitución.
Nunca, pues siempre será estimatorio.
En los procedimientos de responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas.