Examen parte 7 Una plaza de Administrativo/a Ayuntamiento de Jerez de la Frontera 2023
La máxima puntuación de este test son 10 puntos
Por cada pregunta fallada se le va restando 0.33 puntos a la nota final
Cada pregunta acertada equivale a 1 punto
Cada pregunta no contestada equivale a 0 puntos
1 - Cuando el cumplimiento de las obligaciones previstas en una disposición legal corresponda a varias personas conjuntamente, responderá:
2 - La relación electrónica con las Administraciones Públicas para las personas jurídicas:
3 - El derecho a la asistencia en el uso de medios electrónicos:
4 - Si no se hubieran presentado reclamaciones al acuerdo provisional de las ordenanzas fiscales una vez finalizado el período de exposición pública, dispone el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, que:
5 - El artículo 123.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, establece que en los municipios de gran población la aprobación y modificación de las ordenanzas fiscales es competencia del/de la:
6 - Los créditos consignados en el Presupuesto de gastos de las entidades locales podrán encontrarse, conforme al art. 30 del Real Decreto 500/1990, en las siguientes situaciones:
7 - El Art. 52 del Real Decreto 500/1990 establece que la gestión de los presupuestos de gastos de las Entidades locales y de sus Organismos autónomos se realizará en las siguientes fases:
8 - Conforme al art. 20 del Real Decreto Legislativo 2/2004, las prestaciones patrimoniales que establezca un Ayuntamiento por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local se denominan:
9 - El art. 2 del Real Decreto Legislativo 2/2004 establece que los tributos propios de las entidades locales se clasifican en:
10 - Según el art. 103 de la Constitución Española, el acceso a la función pública se realizará de acuerdo a los principios de:
Preguntas acertadas: |
|
---|---|
Preguntas falladas: |
|
Preguntas no contestadas: |
|
NOTA: |
|
No hay comentarios:
Publicar un comentario