Test 13 Ley 7/1985, de 2 de abril

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1 - Según dispone el artículo 18.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la inscripción de los extranjeros en el padrón municipal:
Les atribuirá derechos y libertades, aunque la legislación vigente no se los confiera.
No constituye prueba de su residencia legal en España.
Constituye prueba de su residencia legal en España.
No constituye prueba de su residencia legal en España, pero siempre se les atribuirá los derechos y libertades en condiciones de igualdad con los españoles.
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2 - De conformidad con el artículo 46 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, el Pleno queda válidamente constituido siempre que como mínimo estén presentes:
Un tercio del mínimo legal de miembros del mismo, que nunca podrá ser inferior a 3.
Dos tercios del mínimo legal de miembros del mismo, que no podrá ser inferior a 5.
La mayoría absoluta de los miembros presentes.
La mayoría simple de los miembros presentes.
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3 - De conformidad con lo dispuesto en el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, sancionar las faltas por infracción de las ordenanzas municipales es competencia de:
El Pleno.
El Alcalde.
La Junta de Gobierno Local.
El Teniente de Alcalde del área de que se trate.
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4 - De acuerdo con el art. 35 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los Vicepresidentes son designados:
Por el Pleno de la Corporación, previo acuerdo de la Comisión Informativa de Régimen Interior.
Por la Junta de Gobierno, entre sus miembros, por mayoría absoluta.
Por la Junta de Gobierno, entre sus miembros, por unanimidad.
Por el Presidente, entre los miembros de la Junta de Gobierno.
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5 - Según el art. 47 de la Ley 7/1985, reguladora de las Bases de Régimen Local, se requiere el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de las Corporaciones locales para la adopción de acuerdos de las siguientes materias:
II) Los acuerdos que corresponda adoptar a la Corporación en la tramitación de los instrumentos de planeamiento general previstos en la legislación urbanística. M) Enajenación de bienes. N) Alteración de la calificación jurídica de los bienes demaniales o comunales. Ñ) Cesión gratuita de bienes a otras Administraciones o instituciones públicas.
II) Los acuerdos que corresponda adoptar a la Corporación en la tramitación de los instrumentos de planeamiento general previstos en la legislación urbanística. M) Enajenación de bienes, cuando su cuantía exceda del 20 por ciento de los recursos ordinarios de su presupuesto. N) Alteración de la calificación jurídica de los bienes demaniales o comunales. Ñ) Cesión gratuita de bienes.
II) Los acuerdos que corresponda adoptar a la Corporación en la tramitación de los instrumentos de planeamiento general previstos en la legislación urbanística. M) Enajenación de bienes, cuando su cuantía exceda del 20 por ciento de los recursos ordinarios de su presupuesto. N) Alteración de la calificación jurídica de los bienes demaniales o comunales. Ñ) Cesión gratuita de bienes a otras Administraciones o instituciones públicas.
II) Los acuerdos que corresponda adoptar a la Corporación en la tramitación de los instrumentos de planeamiento general. M) Enajenación de bienes, cuando su cuantía exceda del 20 por ciento de los recursos ordinarios de su presupuesto. N) Alteración de la calificación jurídica de los bienes demaniales o comunales. Ñ) Cesión gratuita de bienes a otras Administraciones o instituciones públicas.