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1 - La Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por servicios en el mercado municipal de abastos establece:
Los titulares de puestos de venta en el Mercado de Abastos serán incluidos en el Padrón de sujetos pasivos de la Tasa.
La tarifa mensual por ocupación de un puesto de carne será de 56,75 euros.
Constituye el hecho imponible de la tasa regulada en esta ordenanza la prestación del servicio público de venta en todos los lugares de titularidad municipal.
La tarifa mensual por ocupación de churrería será de 31,20 euros.