Ejercicio único parte 4 Administrativos/as (Turno Libre) S.A.S 27/01/2024
La máxima puntuación de este test son 10 puntos
Por cada pregunta fallada se le va restando 0.25 puntos a la nota final
Cada pregunta acertada equivale a 1 punto
Cada pregunta no contestada equivale a 0 puntos
1 - Según la Ley 40/2015, para ser indemnizado por las Administraciones Públicas, el daño alegado por un particular deberá ser:
2 - Según el Decreto que establece su estructura y funciones, la resolución de los procedimientos de responsabilidad patrimonial en el Servicio Andaluz de Salud (SAS) corresponde a:
3 - Según la normativa vigente en Andalucía sobre la eliminación del lenguaje sexista en los textos y documentos administrativos, en los documentos abiertos, la mención de puestos y cargos administrativos se formulará:
4 - Las denuncias formuladas de conformidad con el Decreto 262/1988, de 2 de agosto, por el que se establece el Libro de Sugerencias y Reclamaciones de la Junta de Andalucía:
5 - Según establece el Decreto 622/2019, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía, los formularios:
6 - De acuerdo con lo establecido en el Libro de estilo del Servicio Andaluz de Salud se entiende por información necesaria para el usuario:
7 - La última versión del Plan de Ordenación de Recursos Humanos del Servicio Andaluz de Salud se aprobó mediante:
8 - La norma en la que se regulan los sistemas de selección de personal estatutario y la provisión de plazas básicas en los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud es:
9 - Según el Decreto que regula la provisión de puestos directivos en el Servicio Andaluz de Salud:
10 - Según Pacto de Mesa Sectorial de Sanidad vigente sobre sistema de selección de personal estatutario temporal para puestos básicos en el Servicio Andaluz de Salud, los órganos de control y seguimiento del pacto son:
Preguntas acertadas: | |
---|---|
Preguntas falladas: | |
Preguntas no contestadas: | |
NOTA: |
No hay comentarios:
Publicar un comentario