Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - No es motivo de abstención, según el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre:
Haber prestado en los dos últimos años servicios profesionales de cualquier tipo y en cualquier circunstancia o lugar con la persona interesada.
Haber intervenido como testigo en el procedimiento de que se trate.
Carecer del requisito de imparcialidad.
Tener amistad íntima o enemistad manifiesta con los asesores que intervengan en el procedimiento.