Las respuestas de la IA pueden contener errores.
1 - Señale la respuesta incorrecta. Según la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los interesados con capacidad de obrar podrán actuar en el procedimiento administrativo por medio de representante, pero:
Si se trata de la interposición de un recurso, deberá acreditarse la representación.
Si se trata de la formulación de una solicitud, deberá acreditarse la representación.
Si se trata de actos y gestiones de mero trámite, se presumirá la representación.
Si se trata de desistimiento de acciones y renuncia a derechos en nombre de otra persona, se presumirá la representación.