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1 - De acuerdo con la Constitución, señale cuál de los siguientes derechos podrá ser objeto de suspensión cuando se declaren los estados de excepción o sitio:
Derecho a la inviolabilidad del domicilio. (Art. 18.2 CE)
Derecho a la producción y creación literaria. (Art. 20.1.b CE)
Derecho de asociación ( art. 22.1 CE)
Derecho a la Educación (Art, 27.1 CE)