1 - Según el DECRETO FORAL de la Diputación Foral de Bizkaia 85/2014, de 1 de julio, por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de exclusión social, señale la opción correcta:
El procedimiento para el reconocimiento de la situación de exclusión social se iniciará siempre previa solicitud de la persona interesada o, en su caso, de quien ostente su representación.
La situación de exclusión social, como categoría diagnóstica, puede ser medida, en cuanto a su intensidad, en los siguientes grados: riesgo de exclusión, moderada y grave.
Tendrán derecho al reconocimiento de la situación de exclusión social las personas cón residencia legal y efectiva en cualquiera de los municipios del Territorio Histórico de Bizkaia, pese a no contar con empadronamiento.
El Plan de Atención Personalizada será revisado de oficio, por la Diputación Foral de Bizkaia, al cumplirse un año de la firma del mismo.
2 - Según el artículo 26 de la Ley 39/2006 de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, el grado II de Dependencia, corresponde a:
Dependencia severa: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día, pero no quiere el apoyo permanente de un cuidador o tiene necesidades de apoyo extenso para su autonomía personal.
Dependencia severa: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas. de la vida diaria más de tres veces al día, pero no quiere el apoyo permanente de un cuidador o tiene necesidades de apoyo extenso para su autonomía personal.
Dependencia moderada: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria, al menos una vez al día o tiene necesidades de apoyo intermitente o limitado para su autonomía personal.
Dependencia moderada: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria, más de una vez al día o tiene necesidades de apoyo intermitente o limitado para su autonomía personal.
3 - Según el Decreto 385/2013, de 16 de julio, por el que se aprueba el instrumento de Valoración de la Exclusión Social, la Dimensión 3 del Ámbito Económico, laboral y Residencial, contempla:
El empadronamiento, el tiempo de empadronamiento y la posesión de tarjeta de identificación de extranjero o visado.
Situación de alojamiento, estabilidad del alojamiento, personas en vivienda o alojamiento familiar particular.
Personas en alojamiento colectivo institucional, personas sin alojamiento o en alojamiento exclusor.
La disponibilidad de ingresos de la persona y la disponibilidad dei ingresos de la unidad familiar.
4 - Ante la obligatoriedad de comunicar a la autoridad competente si se advierten indicios o haya sospecha de una situación de violencia o desprotección a una persona menor de edad, el deber de comunicación cualificada se refiere a:
Personas que, por su cargo, profesión o funciones, oficios o actividad tengan conocimiento de una situación de violencia o desprotección de una persona menor de edad.
Personas que trabajan directamente en desprotección y /o violencia sobre personas menores de edad.
Todas las personas adultas son cualificadas ante una situación de violencia y/o desprotección de personas menores de edad.
Todas son erróneas.
5 - Una vez valorada la situación de riesgo de una persona menor de edad, será competencia municipal:
Cuando la valoración realizada determine que la persona menor de edad se encuentra en un grado leve de riesgo.
Cuando la valoración realizada determine que la persona menor de edad se encuentra en un grado moderado de riesgo.
Cuando así lo acuerden entre los diferentes profesionales municipales y forales de protección.
A y B son correctas.
6 - Cuando existan indicios de peligro inminente y grave para la vida, la integridad, la salud o la seguridad de una persona menor de edad se tomarán las medidas inmediatas de protección que las circunstancias requieran, incluída, si procede, la retención de la persona menor de edad en el centro o servicio sanitario, así como centro educativo, según se trate, hasta que la autoridad competente se haga cargo de ella o determine la medida a adoptar. Respecto a lo que se afirma en el párrafo anterior, elige la afirmación correcta:
Es cierto, pero como medida previa siempre se deberá avisar a la madre, padre o tutores/as de la persona menor de edad, aun debiendo de establecer las medidas protectoras necesarias.
Es cierto.
Ninguna autoridad o servicio puede retener a una persona menor de edad en ninguno de los casos.
Todas las respuestas son erróneas.
7 - Para el trabajo con familias con dificultades parentales y su entorno en situaciones de vulnerabilidad a la desprotección o riesgo leve/moderado de desprotección, señala la opción correcta:
Los entes forales determinarán junto con los SS. SS municipales, el tipo de medida a implementar.
La trabajadora. social municipal atenderá con urgencia los casos que lleguen al servicio municipal y determinará en un plazo de no más de un mes. el recurso a aplicar.
Los municipios y/o mancomunidades en su caso, se dotan de equipos para la intervención socioeducativa y psicosocial.
En los casos de municipios que no tenga equipos de intervención psicosocial deberán derivar los casos al servicio de menores de la Diputación Foral para que valoren la situación y el recurso a aplicar.
8 - Según la legislación vigente, los Ayuntamientos y las Diputaciones Forales en el ámbito de sus competencias de atención y protección a la infancia y la adolescencia, podrán solicitar, sin el consentimiento de la persona interesada o afectada y, en su caso, del padre, madre o cualquier . representante legal, la información y datos que sean necesarios para valorar la situación de las personas menores de edad. ¿Lo que dice el párrafo anterior es correcto?
Siempre se podrán pedir los datos e información que se crean oportunos del niño, niña o adolescente para la valoración de su situación, nunca de los adultos de referencia.
Cierto, así lo establece la ley 22024, de 15 de febrero de Infancia y Adolescencia.
Si, pero antes deberán de comunicar a las personas adultas (padre, madre, tutor/a) el procedimiento a seguir y deberán de dar su consentimiento.
La legislación vigente no recoge nada al respecto.
9 - Señala cuál de los siguientes NO es un requisito de acceso para acceder a la Prestación Económica de Pago Único a mujeres víctimas de violencia de género:
Tener dificultades para obtener un empleo, acreditado a través de un Informe del Servicio de empleo público estatal.
No haber percibido esta ayuda con anterioridad.
Acreditar ser víctima de violencia de género, a través de sentencia condenatoria, orden de protección en vigor y excepcionalmente informe del Ministerio Fiscal.
Contar con un período de empadronamiento previo de 12 meses continuados anteriores a la fecha de solicitud, en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
10 - El punto de encuentro familiar (PEF), por derivación judicial es competencia: