Acude a cita en los Servicios Sociales de Leioa Marta y su hermano Raúl.
Quieren asistencia urgente para su madre Elvira, de 74 años, que ha estado ingresada en el Hospital de Cruces por un Accidente Cerebro Vascular.
Le han dado de alta la semana pasada y se han movilizado entre los hermanos para cuidarla, pero se encuentran desbordados por la situación.
Está encamada, sin posibilidad de deambulación, con necesidad de apoyo para las ABVD.
Son conscientes que el abordaje de la situación de su madre la han dejado pasar, pero ya venía presentando, desde hace meses, señales de deterioro cognitivo.
1 - Según la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales, ¿Cuál es la puerta de acceso a los posibles recursos según el caso planteado?
Servicio Foral de Urgencias Sociales (SFUS)
Servicio Etxetic
Servicio de información, valoración, diagnóstico y orientación
Ninguna de las anteriores respuestas es correcta
2 - Marta, para garantizar el cuidado de su madre, se ha empadronado en casa de Elvira. Una vez que se ha realizado la Valoración de Dependencia y tiene como resultado dependencia grado 3, ¿a qué recursos y servicios tendrían derecho?
Servicio de Ayuda a Domicilio (SAD)
PECEF y Etxetic
Gizatek
Todas las anteriores respuestas son correctas
3 - En entrevista, a Marta y a su hermano Raúl se les éxplica en qué consiste el Servicio de Ayuda a Domicilio. Ambos consideran que será un apoyo muy importante ya que le ofrecerá a su mádre (indique la respuesta incorrecta):
lavado, colgado y planchado de la ropa
aseo e higiene personal
cambio de pañal e hidratación corporal
compañía y paseos
4 - Según el Reglamento Regulador del Servicio de Ayuda a Domicilio del Ayuntamiento de Leioa, para la tramitación del expediente de Elvira:
Será necesario una propuesta de atención detallando el tipo y la intensidad del servicio sólo cuando la persona beneficiaria no cuente con apoyo familiar.
No será necesario realizar entrevistas ni visitas domiciliarias para evaluar las necesidades si la familia expresa claramente la demanda.
El personal técnico analizará la documentación presentada, realizará entrevistas, visitas domiciliarias y cuantas gestiones procedan para evaluar las necesidades del servicio.
El personal técnico en Trabajo Social, en determinados casos, será el encargado de tramitar, valorar y proponer la resolución y aprobar la solicitud.
SUPUESTO
Recientemente, la policía local de Leioa ha tenido que intervenir en el domicilio de una vecina del municipio, Idoia, mujer de 58 años, propietaria de la VPO en la que reside, al no poder comunicar con ella, durante varios días, la única hija de la informada, que reside en Canadá.
Al dirigirse al domicilio y llamar al timbre, la informada avisa gritando a los agentes que no puede salir a abrir porque se ha caído y no se puede desplazar del dolor que siente.
Tras proceder a avisar a bomberos, y entrar en el domicilio, una ambulancia medicalizada traslada a Idoia al hospital de Urduliz para su valoración.
La policía local informa a los servicios sociales municipales del terrible estado de suciedad de la vivienda, en la que encuentran gran cantidad de botellas y cartones de vino.
5 - La primera intervención al recibir el parte policial, por parte de los servicios sociales municipales, y habida cuenta de que Idoia había sido perceptora de prestaciones sociales, y tiene profesional de referencia asignada sería:
Proceder a realizar una limpieza general por parte de las brigadas municipales
Contactar con Idoia, para interesarnos - por su estado y solicitarle autorización para coordinación con la TS hospitalaria.
Llamar a la hija de Idoia, para informarle de la situación y del estado de la vivienda de su madre.
Solicitar al juzgado un ingreso involuntario en el área de psiquiatría para favorecer su desintoxicación.
6 - Idoia permanece ingresada como consecuencia de su caída y posterior intervención quirúrgica para colocarle una prótesis de cadera. Así mismo, ha realizado el proceso de su desintoxicación durante la hospitalización. La TS hospitalaria contacta con la base para coordinar opciones de cara al alta hospitalaria, teniendo que elegirse la más adecuada:
Idoia, ante la necesidad de apoyo en su recuperación, aceptaría un periodo de convalecencia en una unidad sociosanitaria.
Idoia, ante la necesidad de apoyo en su recuperación, y a propuesta de la TS hospitalaria, aceptaría un servicio de ayuda a domicilio, aunque desde la base, se valora que, no siendo dependiente, no procede el mismo.
Idoia, a propuesta de la TS hospitalaria, solicita valoración de dependencia, de cara a poder acceder a la prestación económica para cuidados en el entorno familiar, que le permita tener ingresos para realizar una contratación de SAD privado.
idoia, a propuesta de la TS solicita plaza residencial temporal a la DFB para poder hacer frente a su recuperación.
SUPUESTO
Idoia, tras largos años de consumos, presenta un deterioro de sus capacidades cognitivas, que le llevan a necesitar apoyo y supervisión para la realización de ciertas actividades de autocuidado básicas preparación de la comida, ingesta de medicación, gestión de dinero, ...
Además, su red familiar (su hija y hermanos) han claudicado de su apoyo. Por otro lado, su vida social es casi inexistente.
7 - Su trabajadora social municipal, decide realizar una valoración de la exclusión de Idoia, de cara poder remitir su caso a la DFB. Según el Decreto 385/2013 e 16 de julio, por el que se aprueba el Instrumento de Valoración de la Exclusión Social, la dimensión que valora las competencias cognitivas básicas para el autocuidado e higiene sería:
Dimensión 9 (competencias y habilidades sociales), B (competencia cognitiva).
Dimensión. 9 (competencias y habilidades sociales) D (otras competencias y habilidades).
Dimensión 9 (competencias y habilidades sociales), E (competencia instrumental).
Dimensión 9 (competencias y habilidades sociales), A (competencia social).
8 - Tras realizar la valoración por parte de la Trabajadora Social de Base, y determinando ésta que Idoia se encuentra en situación de Exclusión Social grave, podemos afirmar que:
Cuenta con más de 5 indicadores con valor 2 en el criterio 2.
Cuenta con más de 5 indicadores con valor 2 en el criterio 1.
Cuenta de 2 a 5 indicadores con valor 2 en el criterio 1.
Cuenta de 2 a 5 indicadores con valor 2 en el criterio 2.
SUPUESTO
María, de 22 años, se encuentra residiendo en Leioa junto con su esposo, Manuel y sus dos hijas en común, Ainhoa de 2 años y Miren, de 4 años de edad. En la vivienda en la que residen también vive Julia, la madre de María.
Julia tiene reconocido un grado II de dependencia, siendo María su cuidadora principal, además de curadora. María figura empadronada en la vivienda desde hace 6 meses. María carece de una red social de apoyo ya que perdió la relación con sus amistades al año de empezar la relación con Manuel.
María no trabaja, dependiendo económicamente de Manuel, el cual le exige justificación de cada gasto que María realiza.
El pasado domingo, una patrulla de la policía municipal se desplaza al domicilio a las 23 horas; en respuesta a la llamada telefónica de una vecina, quien alerta de que en la vivienda se oyen gritos, golpes y a las niñas llorando sin parar. Cuando llegan se encuentran a María con contusiones varias y heridas en la cara.
María se encuentra en estado de agitación, muy nerviosa y verbaliza que Manuel le agrede habitualmente. En este momento la policía procede a detener a Manuel y lo lleva a dependencias policiales, donde queda arrestado a la espera de juicio rápido y da aviso al Servicio Foral de Urgencias Sociales, notificando los hechos.
9 - ¿Se puede derivar a las hijas de María al Servicio de Intervención Familiar para menores víctimas de violencia de género (TXIKIAK)?
Solo Miren podrá ser derivada a ese Servicio.
Tanto Miren como Ainhoa podrán ser derivadas al Servicio.
Solo Ainhoa podrá ser derivada al Servicio.
Ninguna de las respuestas es correcta.
10 - En el supuesto de que se dicte sentencia condenatoria por violencia de género y orden de protección, ¿podría este hombre mantener visitas con sus hijas?
Sí que podría ya que la existencia de una sentencia por un delito de violencia de género no tiene relación alguna con el derecho del padre a mantener visitas con sus hijos.
Las hijas solo podrán mantener visitas supervisadas en un punto de encuentro ya que al estar inculpado por un delito de violencia de género el juez debe de acordar siempre visitas supervisadas con las personas menores.
El padre no tendrá nunca derecho a visitas ya que, al haber sido inculpado por un delito de Violencia de género, el juez debe de acordar siempre la suspensión del régimen de visitas con las personas menores que dependan de él.
Ninguna de las anteriores es correcta.
11 - Celebrado el juicio, Manuel es condenado por violencia de género. ¿Puede ser derivado a algún servicio o programa especializado?
Manuel podrá ser derivado al Programa de atención psicológica a personas autoras de actos de maltrato en el Servicio Esnatu.
Manuel no podrá ser derivado al Servicio Esnatu por existir condena por violencia de género.
Manuel no podrá ser derivado al Servicio Esnatu puesto que éste cuenta únicamente con el Servicio de atención a personas autoras de delitos contra la libertad sexual.
No hay ningún Programa de atención psicológica a personas autoras de actos de maltrato en la Diputación Foral de Bizkaia.
12 - ¿Tendría derecho esta mujer a las AES?
No, no podría al no cumplir el requisito de antigúedad en el padrón.
No, no podría al no cumplir el requisito de edad.
No, no podría al no cumplir ni el requisito de edad ni el de antigúedad en el padrón.
Sí que podría.
SUPUESTO
Acude a Servicios sociales una familia compuesta por un matrimonio con tres hijos/as: Jon de 13 años, Maider de 7 años y Aitor de 4 años. Muestran preocupación y enfado por el comportamiento de su hijo mayor Jon ya que desde que comenzó secundaria en el instituto se muestra agresivo con ellos y muy disruptivo en el centro escolar. Probablemente repetirá. Ha sido expulsado en varias ocasiones. Ellos no saben cómo reconducir estas conductas.
Además, su hija Maider tiene serias dificultades de aprendizaje. Aunque en la escuela les solicitaron en su momento una valoración para determinar necesidad de atención temprana, hunca se realizó. Aitor, acude a la escuela infantil y no señalan preocupación alguna por él.
Solicitan ayuda para abordar la conducta de Jon.
13 - Cual sería la primera iniciativa a realizar por parte de los servicios sociales municipales:
Se les informará de los recursos existentes para que puedan optar por el que consideren más adecuado
Se les propondrá la realización de una valoración para determinar la existencia de riesgo de los menores y poder orientar la intervención más adecuada.
Se les deriva a Salud Mental Infantil para que valoren a Jon
Se les ofrece la intervención de un/a educador/a para que intervenga con Jon y le ayude a reconducir su conducta ya que es-lo que más les preocupa y angustia
14 - Respecto a la dificultad de aprendizaje de Maider:
Se les deriva a la Diputación Foral para valorar necesidad de atención temprana.
Se les informa de los diferentes recursos que existen en el municipio para refuerzo escolar.
Se solicita valoración a los profesionales del ámbito sanitario y/o escolar, y en su Caso Berritzegune para valoración de las dificultades de aprendizaje y, si así fuera, se valorará capacidad económica para posible subvención del tratamiento a seguir.
Se aborda esta cuestión con el padre y la madre por ser competencia exclusiva municipal las dificultades de aprendizaje de los niños y niñas.
15 - En el caso de que en alguno de los tres hermanos se hubiera apreciado sintomatología concordante con la existencia de malos tratos (moratones, verbalizaciones de los/as menores...), ¿cuál sería la intervención a seguir?
Ella profesional responsable del caso podrá de oficio y sin permiso de los progenitores solicitar información a otros profesionales relacionados con los niños y niñas sujetos a la valoración (tutores/as, médicas/os...) por si tuvieron información relevante que aportar a la misma.
El/la profesional responsable del caso deberá de manera urgente trasladar el expediente a los Servicios Especializados de la Diputación Foral de Bizkaia para que sigan con la valoración iniciada los Servicios Sociales Municipales.
El/la profesional responsable del caso hablará inmediatamente de esta sospecha con el padre y la madre, y en el caso de no poder aclarar o explicar las sospechas de maltrato, les solicitará permiso escrito para poder recoger información de otros profesionales y de los propios menores si así se determina.
Ninguna es correcta.
16 - En el caso de que a lo largo de la valoración hubiera sospechas fundadas de abusos sexuales intra familiares en Jon, Maider y/o Aitor, sin que la familia reconozca o haya actuado de manera protectora:
Se iniciará de inmediato una intervención con el equipo psicosocial del municipio a fin de que pueda aclarar la existencia o no del abuso.
Se trasladará el caso al Servicio de Menores de la Diputación Foral de Bizkaia para que sea el Servicio. de Atención Integral a Víctimas de Violencia Sexual (SEIP) el responsable de valorar la existencia del abuso sexual.
Se derivará ala menor o menores afectados para ser valorados por el centro de salud mental Infantil Uribe Kosta a fin de determinar la existencia o no del abuso.