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1 - El Artículo 14 de la Constitución Española de 1978 establece lo siguiente:
Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
Todos los ciudadanos son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento.
Los españoles y españolas son iguales ante la ley.